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ACUERDO DE ALQUILER DE EQUIPO (HARDWARE) DE ACOSTA TECH


Dentro de estos términos, se considerará el “Arrendatario" al cliente o individuo que realice una reserva por medio de www.acosta.tech para el alquiler de cualquiera de las facilidades, recursos o equipos de ACOSTA TECH.


ACOSTA TECH será considerado como el "Arrendador"


(El Arrendador y el Arrendatario son colectivamente las "Partes")


EN CONSIDERACIÓN DE los convenios y promesas mutuos en este Acuerdo, cuya recepción y suficiencia se reconoce por el presente, el Arrendador arrienda el Equipo al Arrendatario, y el Arrendatario arrienda el Equipo al Arrendador en los siguientes términos:


Definiciones

Las siguientes definiciones se utilizan pero se definen de otra manera en nuestros términos y condiciones:


- “Valor de bajas" significa el valor de mercado del Equipo al final del Plazo o en relación con una Pérdida Total, el valor de mercado que el Equipo habría tenido al final del Plazo de no ser por la Pérdida Total. El valor de bajas puede ser inferior, pero no superior, al precio de compra original del Equipo.


-“Pérdida Total" significa cualquier pérdida o daño que no sea reparable o cuya reparación costaría más que el valor de mercado del Equipo.


Arrendar

El Arrendador acuerda arrendar el Equipo al Arrendatario, y el Arrendatario acuerda arrendar el Equipo del Arrendador de acuerdo con los términos establecidos en este Acuerdo.


Término

El termino del acuerdo de alquiler comienza el día en que el arrendador selecciona en la plataforma de reservas del arrendatario. De igual manera el alquiler culmina el día indicado en la misma.

      

Uso de equipos

El Arrendatario utilizará el Equipo de manera buena y cuidadosa y cumplirá con todos de los requisitos y recomendaciones del fabricante con respecto al Equipo y con cualquier ley aplicable, ya sea local, estatal o federal con respecto al uso del Equipo, incluidas, entre otras, las leyes ambientales y de derechos de autor.


El Arrendatario utilizará el Equipo para el fin para el que fue diseñado y no para ningún otro fin.


A menos que el Arrendatario obtenga el consentimiento previo por escrito del Arrendador, el Arrendatario no alterará, modificará ni adjuntará nada al Equipo a menos que la alteración, modificación o accesorio se pueda quitar fácilmente sin dañar las capacidades funcionales o

valor económico del Equipo.


Reparación y Mantenimiento de Equipos

El Arrendatario, a su cargo, mantendrá el Equipo en buen estado, apariencia y condición, excepto por el uso y desgaste normal y razonable. el arrendatario suministrará todas las piezas que sean necesarias para mantener el Equipo en tal estado


Si el Equipo no está en buen estado, apariencia y condición cuando se devuelve a el Arrendatario, el Arrendatario puede hacer tales reparaciones o puede hacer que se hagan tales reparaciones cómo son necesarios para poner el Equipo en buen estado de reparación, apariencia y condición, exceptuando el desgaste normal y razonable. El Arrendador realizará dichas reparaciones dentro de un tiempo razonable de tomar posesión del Equipo y le dará al Arrendatario notificación por escrito y facturas de dichas reparaciones. Una vez recibidas dichas facturas, el El Arrendatario reembolsará inmediatamente al Arrendador los gastos reales de dichas reparaciones.


El Arrendatario puede, pero no está obligado a hacer cumplir cualquier garantía que el Arrendador tenga contra El proveedor o fabricante del Equipo. El Arrendatario hará cumplir dicha garantía o indemnización en su propio nombre y por su propia cuenta.


Garantías

El Equipo estará en buen estado de funcionamiento y en buenas condiciones en el momento de la entrega.


El Equipo es de calidad comercial y es apto para los fines en los cuales se utiliza habitualmente.

            

Pérdida y daño

En la medida permitida por la ley, el Arrendatario será responsable del riesgo de pérdida, robo, daño o destrucción del Equipo por cualquier causa.


Si el Equipo se pierde o se daña, el Arrendatario continuará pagando la Renta, y proporcionará a el Arrendador con pronta notificación por escrito de tal pérdida o daño y, si el Equipo es reparable, poner o hacer que el Equipo se ponga en buen estado, apariencia y condición


En caso de Pérdida Total del Equipo, el Arrendatario proporcionará al Arrendador Notificación inmediata por escrito de dicha pérdida y pagará al Arrendador todo el Alquiler no pagado por el Término más, el valor de siniestro del equipo, momento en el cual la propiedad del equipo pasa al Arrendatario. 


Propiedad, Derecho de Arrendamiento y Disfrute Tranquilo

El Equipo es propiedad del Arrendador y seguirá siendo propiedad del Arrendador.


El Arrendatario no gravará el Equipo ni permitirá que el Equipo sea gravado o pignorar el Equipo como garantía de ninguna manera.


El Arrendador garantiza que tiene derecho a arrendar el Equipo de acuerdo con las términos de este Acuerdo.


El Arrendador garantiza que mientras no haya ocurrido un Evento de Incumplimiento, el Arrendador no perturbará la posesión tranquila y pacífica del Arrendatario del Equipo o el uso sin restricciones del Arrendatario del Equipo para el propósito para el cual el se diseñó el equipo.


Seguro

El Arrendatario, durante todo el Plazo y mientras el Arrendatario tenga posesión del Equipo, contratar, mantener y pagar un seguro contra pérdida y daños al Equipo por el valor total de reemplazo del Equipo y nombrará al Arrendador como beneficiario de la pérdida.


El seguro estará a nombre conjunto del Arrendador y el Arrendatario de manera que ambos el Arrendador y el Arrendatario estarán protegidos de responsabilidad y proporcionarán y cobertura no contributiva para el Arrendador.


La póliza de seguro tendrá un disposición de que no se modificará ni cancelará a menos que el asegurador proporcione la Arrendador con treinta (30) días de aviso por escrito indicando cuándo dicha modificación o la cancelación será efectiva.


Previa solicitud por escrito del Arrendador, el Arrendatario proporcionará al Arrendador una póliza original o certificado que acredite dicho seguro.


El Arrendatario designa al Arrendador como apoderado del Arrendatario ("Abogado") con la facultad de mantener el seguro anterior y de garantizar los pagos derivados de cualquier póliza de seguro requerida por este Acuerdo. El Procurador tiene la facultad de hacer todos los actos que sean necesarios o deseables para garantizar dichos pagos.


Si el Arrendatario no mantiene ni paga dicho seguro, el Arrendador puede, pero está no está obligado a obtener dicho seguro, pero si el Arrendador obtiene dicho seguro, el Arrendatario pagará al Arrendador el costo de dicho seguro al notificación del Arrendador del importe.


Indemnidad

El Arrendatario indemnizará y eximirá de responsabilidad al Arrendador frente a todas y cada una de las reclamaciones, acciones, juicios, procedimientos, costos, gastos, daños y responsabilidades, incluyendo honorarios y costos de abogados, que surjan de o estén relacionados con el uso del Arrendatario del Equipo.


Defecto

La ocurrencia de uno o más de los siguientes eventos constituirá un evento de incumplimiento ("Evento de Incumplimiento") bajo este Acuerdo:

El Arrendatario no paga ningún monto previsto en este Acuerdo cuando dicho monto vence o incumple de otro modo las obligaciones del Arrendatario en virtud de este Acuerdo.


El Arrendatario se declara insolvente o hace una cesión de derechos o propiedad en beneficio de los acreedores o se declara en bancarrota o tiene un procedimiento de quiebra en su contra en virtud de la ley federal de quiebras de los Estados Unidos u otra jurisdicción competente

Se impone una orden de embargo o ejecución sobre el Equipo y no se libera ni se satisface dentro de los 10 días.


Remedios

Si se produce un Evento de Incumplimiento, el Arrendador tendrá derecho a perseguir cualquier uno o más de los siguientes remedios (los "Remedios"):

Declarar el monto total de la Renta por el Plazo inmediatamente vencido y pagadero sin previo aviso o demanda al Arrendatario.


Aplicar el Depósito a cualquier cantidad adeudada al Arrendador.

Iniciar procedimientos judiciales para recuperar la Renta y otras obligaciones devengadas antes y después del Evento de Incumplimiento.

Tomar posesión del Equipo, sin requerimiento ni notificación, dondequiera que se encuentre, sin orden judicial u otro proceso de ley. El Arrendatario renuncia a todos y cada uno de los daños ocasionados por dicha toma de posesión.

Rescindir este Acuerdo inmediatamente mediante notificación por escrito al Arrendatario.

Proseguir cualquier otro recurso disponible en derecho o equidad.


Asignación

EL ARRENDATARIO NO CEDERÁ ESTE CONTRATO, EL INTERÉS DEL ARRENDATARIO EN ESTE CONTRATO O EL INTERÉS DEL ARRENDATARIO EN EL EQUIPO SIN EL CONSENTIMIENTO PREVIO POR ESCRITO DEL ARRENDADOR.


Si el Arrendatario cede este Acuerdo, el interés del Arrendatario en este Acuerdo o el el interés del Arrendatario en el Equipo sin el consentimiento previo por escrito del Arrendador, el Arrendador podrá recurrir a los Remedios y será derecho a todos los daños causados ​​por la transferencia en la medida en que los daños pudieran razonablemente el Arrendador no lo impida.


EL ARRENDADOR NO CEDERÁ ESTE CONTRATO. EL ARRENDADOR INTERÉS EN ESTE CONTRATO O EL INTERÉS DEL ARRENDADOR EN EL EQUIPOS SIN EL CONSENTIMIENTO PREVIO POR ESCRITO DEL ARRENDATARIO. EL ARRENDADOR NO CEDERÁ NI TRANSFERIRÁ EL DERECHO DEL ARRENDADOR A COBRAR RENTA O CUALQUIER OTRA OBLIGACIÓN ECONÓMICA DEL ARRENDATARIO.


Si el Arrendador cede este Acuerdo, el interés del Arrendador en este Acuerdo o el el interés del Arrendador en el Equipo sin el consentimiento previo por escrito del Arrendatario, el Arrendatario tendrá derecho a rescindir este Acuerdo sin penalización.


Documentos adicionales

Previa solicitud por escrito del Arrendador, el Arrendatario ejecutará y entregará al Arrendador documentos requeridos por el Arrendador para proteger el interés del Arrendador en el Equipo que incluye, entre otros, los documentos necesarios para presentar una UCC declaración de financiación.


Acuerdo completo

Este Acuerdo constituirá el acuerdo completo entre las Partes. Cualquier anterior entendimiento o representación de cualquier tipo anterior a la fecha de este Acuerdo no será vinculante para ninguna de las Partes excepto en la medida incorporada en este Convenio.


Dirección para notificación

La notificación de todos los avisos en virtud de este Acuerdo se entregará personalmente o se enviará por correo certificado o mensajería a la dirección del arrendatario colocada en la reserva y/o a la dirección de ACOSTA TECH:


130 Ave. Winston Churchill PMB  

336 Suite  

1 San Juan, PR 00926-9018

United States


Interpretación

Los encabezados se insertan solo para conveniencia de las Partes y no deben ser considerado al interpretar este Acuerdo. Las palabras en singular significan y incluyen el plural y viceversa. Las palabras en masculino significan e incluyen el femenino y viceversa.


Términos generales

Este Acuerdo puede ejecutarse en contrapartes. Las firmas facsímiles son vinculantes y se consideran firmas originales.


El tiempo es esencial en este Acuerdo.


Este Acuerdo se extenderá y será vinculante y redundará en beneficio de los Respectivos herederos, albaceas, administradores, causahabientes y cesionarios, en su caso puede ser, de cada Parte de este Acuerdo.

Ninguna de las Partes será responsable de los daños ni tendrá derecho a rescindir este Acuerdo, por cualquier retraso o incumplimiento en el cumplimiento si dicho retraso o incumplimiento es causado por condiciones fuera de su control incluyendo, pero no limitado a Actos de Dios, Gobierno restricciones, guerras, insurrecciones, desastres naturales, como terremotos, huracanes o inundaciones y/o cualquier otra causa más allá del control razonable de la Parte cuya el rendimiento se ve afectado.


Aviso al arrendatario

AVISO AL ARRENDATARIO: Este es un contrato de arrendamiento. Usted no está comprando el Equipo. No firme este Acuerdo antes de leerlo. Tiene derecho a recibir una copia completa de este Acuerdo cuando lo firme.

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